En el ejercicio anterior creo que estabas obligado a declarar siempre que superaran los 1600 euros, al considerarse ganancia patrimonial, diferenciando entra las obtenidas dentro del mismo año y las superiores.
Las primeras (1año) pasan a la base imponible general (casilla 264) y las segundas con un tipo del 21(hasta 6000), 25(6000 a 24000), 27 (más de 24000) ,casilla 307, ambas clave 5.
Otra cosa es que dependiendo de tus ingresos totales en la B.I. tengas que pagar o no finalmente, por deducciones, etc.
Eso en lo puramente legal, pero sin pretender hacer apologia evasiva, si tienes la suerte de generar unos ingresos por ejemplo de 6000 euros y no recibes ninguna otra prestación, sencillamente para mi es un robo a mano armada que tributes, es más incluso está en contra de la propia LGT en su parte
fundamental, si es que ya no la han cambiado, que todo es posible. No se habla de autoempleo? no es un ahorro para el estado?, pues eso..
Un saludo