En General Impuestos, Tributacion, Fiscal, Hacienda en Forex - Página 5

 

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Impuestos, Tributacion, Fiscal, Hacienda en Forex

 

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  1. #41

    Erectus


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    Re: Impuestos, tributacion, Hacienda en Forex


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    Muchas gracias por las aclaraciones a todos, genial esa info Samu y feznando, ayuda a entender un poco más este tema, y me gusta lo de alpari uk, porque de las demos que he probado es uno de los que más me convence, aunque ya sé que demo y real varían algunas cosas, pero esto muy improtante.

    Saludos
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  2. Publi
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  3. #42

    Re: Impuestos, tributacion, Hacienda en Forex

    Cita Iniciado por Puk33 Ver mensaje
    Muchas gracias a todos, y alguien sabe cuales son los procentajes a pagar por cada X cantidad ganada (en España, aunque será interesante apuntar de otros paises quien lo sepa para ayudar a quien pueda necesitarlo)

    Gracias
    En otros paises no se, pero en España, tras la reforma del IRPF, ha quedado en que hasta 6000 € se tributa al 21%, al 25% entre 6000,01 y 24000 € y al 27% a partir de 24000 €

    Si estas en abril o mayo, que es cuando toca la declaracion de la renta, y llevas ganados 23800 €, es mejor descansar para no pasarse y tener que pagar un 2% mas

    Saludos
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  4. #43
    Avatar de guretas
    Erectus


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    Re: Impuestos, tributacion, Hacienda en Forex

    Cita Iniciado por Samuu Ver mensaje
    Hola capital, le he mandado este tema a un amigo que sabe bastante de derecho laboral y fiscal y me ha comentado que pprimero depende, una cosa es invertir y darle rendimiento al dinero... y eso ultimo no se consiidera trabajo por lo que ser o hacerte autonomo no siirve de gran cosa. Por ejemplo, es como los que apuestan en casinos de forma profesional, tienen que declarar las ganancias pero no darse de alta como apostadores de forma autonoma.


    El tema cambia cuando en vez de operar tu dinero operas el de otras personas, ahi si que hay que darse de alta como autonomo aunque no se exactamente de que pero es tan facil como ir al Ministerio de trabajo y preguntar, o a un sindicato de los mayoritarios, que a mi me han resuelto muchas dudas.


    La unica ventaja que tiene darnos de alta como autonomos (en España al menos) es que mientras estamos cotizando para la fuutura jubilacion y para tener dereco a pension, pero no sirve para pagar menos impuestos.


    Buscando un poco más, esto nos dice la Agencia tributaria española para el 2011:

    Es hora de ir conociendo cuáles son las personas naturales que deben declarar renta en el 2011, declaración que corresponde al periodo gravable 2010, ya que el periodo gravable 2011 se declara en 2012.
    Recordemos que los contribuyentes personas naturales se dividen en tres grupos:
    • Contribuyentes de menores ingresos
    • Asalariados
    • Trabajadores independientes

    Contribuyentes de menores ingresos que deben declarar renta por el año gravable 2010
    De acuerdo a los artículos 592 y 594-3 del estatuto tributario, los contribuyentes de menores ingresos tendrán que declarar renta si durante el año 2010 cumplen con uno o varios de los siguientes presupuestos:
    1. Pertenece al régimen común
    2. Durante el 2010 sus ingresos fueron iguales o superiores a $ 34,377,000
    3. Su patrimonio a diciembre 31 de 2010 superó la suma de $110,498,000
    4. El consumo en tarjetas de crédito durante el 2010 superaron los $68,754,000
    5. El total de compras y consumos durante el 2010 superaron los $68,754,000
    6. El total de consignaciones acumuladas durante el 2010superaron los $110,498,000

    Nota: Pertenece a este grupo la persona natural que no cumple los requisitos para estar clasificada como asalariado o como trabajador independiente.
    Asalariados obligados a declarar renta por el año gravable 2010
    Según los artículos 593 y 594-3 del estatuto tributario, un asalariado estará obligado a declarar renta por el 2010 si cumple con uno o varios de los siguientes presupuestos:
    1. Su patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2010 fue superior a $110,498,000
    2. Pertenece al régimen común
    3. Sus ingresos superaron en el 2010 los $100,013,000
    4. El consumo en tarjetas de crédito durante el 2010 superaron los $68,754,000
    5. El total de compras y consumos durante el 2010 superaron los $68,754,000
    6. El total de consignaciones acumuladas durante el 2010superaron los $110,498,000

    Notas:
    1. Para ser clasificado como asalariado se requiere que sus ingresos originados en la relación laboral correspondan por lo menos al 80% del total de sus ingresos.
    2. Para determinar la proporción del punto uno y el tope del punto tres, el asalariado no debe incluir los ingresos que haya obtenido por concepto de la venta de activos fijos, ni los provenientes de loterías, rifas y similares.
    3. Dentro de los ingresos laborales se deben incluir los ingresos percibidos por concepto de pensión de invalidez, vejez o muerte.

    Trabajadores independientes obligados a declarar renta por el año gravable 2010
    A la luz de los artículo 594-1 y 594-3 del estatuto tributario, los trabajadores independientes están obligados a declarar si cumplen con uno o varios de los siguientes presupuestos:
    1. Su patrimonio a 31 de diciembre de 2010 superó los $110,498,000
    2. Es responsable del impuesto a las ventas
    3. Sus ingresos durante el 2010 superaron los $81,032,000
    4. El consumo en tarjetas de crédito durante el 2010 superaron los $68,754,000
    5. El total de compras y consumos durante el 2010 superaron los $68,754,000
    6. El total de consignaciones acumuladas durante el 2010 superaron los $110,498,000

    Nota: Se clasifican como trabajadores independientes las personas naturales y sucesiones ilíquidas, cuyos ingresos brutos se encuentren debidamente facturados y de los mismos un ochenta por ciento (80%) o más se originen en honorarios, comisiones y servicios, sobre los cuales se hubiere practicado retención en la fuente.
    El valor del Uvt que se toma es el vigente para el 2010, esto es $24.555





    Saludos
    Samuu
    es una buena recopilación
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    Hasta Muniain me sigue
    Por Tutatis


  5. #44
    Avatar de rgracia
    Erectus


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    Re: Impuestos, Tributacion, Fiscal, Hacienda en Forex


    Publi
    He leído los posts y todavía estoy confuso. Está claro que no tengo el problema, pero me gustaría tenerlo.

    ¿Que he de hacer? ¿Adjuntar a la declaración el papel que te manda el Broker?

    ¿Alguien sabe como se podría hacer online? Soy de España.

    Mi no entender.
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