En General Impuestos, Tributacion, Fiscal, Hacienda en Forex - Página 3

 

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Impuestos, Tributacion, Fiscal, Hacienda en Forex

 

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  1. #21
    Avatar de indovinello



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    Re: Impuestos, Tributacion, Fiscal, Hacienda en Forex


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    Cita Iniciado por danhii Ver mensaje
    De nada, aunque me acabo de dar cuenta que dos posts mas arriba habian puesto lo mismo...
    Cosas de los foros. Mejor dos veces que ninguna

    Saludos.
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  2. Publi
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  3. #22
    Avatar de manusenda
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    Re: Impuestos, Tributacion, Fiscal, Hacienda en Forex

    Cita Iniciado por Kart Ver mensaje
    Cambio tributario en las compraventas de corto plazo. 2015 ¿Año de renacimiento del Trading en España?

    Interesante artículo de Hugo Ferrer que sirve de actualización para el tema:

    Cambio tributario en las compraventas de corto plazo. 2015 ¿Año de renacimiento del Trading en España?

    Salud!
    Una gran noticia, esperemos que se cumpla. Todas las operaciones bursátiles deberían tributar como base del ahorro, independientemente del tiempo de espiración de estas.

    Así que si esto se cumple seria una gran noticia y esperemos que con el tiempo baje más el % de irpf.

    Yo con que lo dejen a un 10% me conformo jajajajaj

    Un Saludo!
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    <()>manusenda<()>

  4. #23
    Avatar de indovinello



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    Re: Impuestos, Tributacion, Fiscal, Hacienda en Forex

    Cita Iniciado por Fxgod Ver mensaje
    Hay cosas que no termino muy bien por entender. ¿Que han ganado subiendo los impuestos hace dos años? ¿Realmente han obetenido tantas ganancias como esperaban o se ha rebajado tanto los ingresos que se han dado cuenta de que se equivocaron?

    Al final es lo de toda la vida, en momentos de crisis hay que meter mato a especulacion y demas que pueda parecer conflictivo para que la gente de a pie este contenta. Cuando pasa la tormeta se acabo y todo el mundo a volver a ganar
    A buen entendedor, pocos hechos bastan.

    Igual han decidido que mejor pillar un poco que no pillar nada

    A parte de la parte propagandística que muy bien apuntas.
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  5. #24
    Avatar de Fxgod



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    Re: Impuestos, Tributacion, Fiscal, Hacienda en Forex

    Hay cosas que no termino muy bien por entender. ¿Que han ganado subiendo los impuestos hace dos años? ¿Realmente han obetenido tantas ganancias como esperaban o se ha rebajado tanto los ingresos que se han dado cuenta de que se equivocaron?

    Al final es lo de toda la vida, en momentos de crisis hay que meter mato a especulacion y demas que pueda parecer conflictivo para que la gente de a pie este contenta. Cuando pasa la tormeta se acabo y todo el mundo a volver a ganar
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  6. #25
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    Re: Impuestos, tributacion, Hacienda en Forex

    Buen tema Puk33, primero habria que tener ganancias (que cosas, todo el mundo antes de ser rentable en forex firmaria por serlo y tener que pagar impuestos por ello, pero cuando se es, ya nadie quiere)

    Y luego sobre las ganancias (en España) dice la Ley del IRPF que hay que declarar toda ganancia o pérdida que tengamos en Forex (me imagino que sera igual en el resto de paises) dentro del epígrafe de Ganancias y Pérdidas Patrimoniales y, creo que ahora en España tributa al 21%.

    No sé si dándose de alta como autonomo se pague menos o algo así.
    Saludos
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  7. #26
    Avatar de danhii
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    Re: Impuestos, Tributacion, Fiscal, Hacienda en Forex

    Cita Iniciado por Puk33 Ver mensaje
    Gracias danhii.

    Salu2
    De nada, aunque me acabo de dar cuenta que dos posts mas arriba habian puesto lo mismo...
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  8. #27
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    Re: Impuestos, Tributacion, Fiscal, Hacienda en Forex

    Cita Iniciado por rgracia Ver mensaje
    Perdona Puk33, por asesor que se entiende? Un gestor? O tu responsable del banco?

    Los pobres como yo, se hacen la declaración ellos mismos xD. Y así me va. Pero estoy buscando hacer la declaración vía online. Y por ganar cuatro duros, prefiero ahorrarme ese gestor. Sin embargo, quizá es la mejor forma. Ahorras en aspirinas.
    Razón tienes. No si yo también me la hacia pero si entrases en el beneficio anual en forex entre 6000 y 18000 te aconsejo tener un asesor fiscal. De cualquier asesoría para evitar cometer errores ya que Haciendo no tiene nada de sentido del humor. Una asesoría viene costado 50-70€ para hacer la declaración de la renta al año y compensa.

    Pero ganando menos en forex ni hay que hacer nada.

    Salu2
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    Solo los intrépidos llegan...

  9. #28
    Avatar de superpips



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    Re: Impuestos, Tributacion, Fiscal, Hacienda en Forex

    Gracias gracias gracias DrPipper.
    Esta de lujo la informacion. Te doy reputacion.

    Saludos
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  10. #29
    Avatar de Samuu
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    Re: Impuestos, tributacion, Hacienda en Forex

    Cita Iniciado por capitalAmerica Ver mensaje
    No sé si dándose de alta como autonomo se pague menos o algo así.
    Hola capital, le he mandado este tema a un amigo que sabe bastante de derecho laboral y fiscal y me ha comentado que pprimero depende, una cosa es invertir y darle rendimiento al dinero... y eso ultimo no se consiidera trabajo por lo que ser o hacerte autonomo no siirve de gran cosa. Por ejemplo, es como los que apuestan en casinos de forma profesional, tienen que declarar las ganancias pero no darse de alta como apostadores de forma autonoma.


    El tema cambia cuando en vez de operar tu dinero operas el de otras personas, ahi si que hay que darse de alta como autonomo aunque no se exactamente de que pero es tan facil como ir al Ministerio de trabajo y preguntar, o a un sindicato de los mayoritarios, que a mi me han resuelto muchas dudas.


    La unica ventaja que tiene darnos de alta como autonomos (en España al menos) es que mientras estamos cotizando para la fuutura jubilacion y para tener dereco a pension, pero no sirve para pagar menos impuestos.


    Buscando un poco más, esto nos dice la Agencia tributaria española para el 2011:

    Es hora de ir conociendo cuáles son las personas naturales que deben declarar renta en el 2011, declaración que corresponde al periodo gravable 2010, ya que el periodo gravable 2011 se declara en 2012.
    Recordemos que los contribuyentes personas naturales se dividen en tres grupos:
    • Contribuyentes de menores ingresos
    • Asalariados
    • Trabajadores independientes
    Contribuyentes de menores ingresos que deben declarar renta por el año gravable 2010
    De acuerdo a los artículos 592 y 594-3 del estatuto tributario, los contribuyentes de menores ingresos tendrán que declarar renta si durante el año 2010 cumplen con uno o varios de los siguientes presupuestos:
    1. Pertenece al régimen común
    2. Durante el 2010 sus ingresos fueron iguales o superiores a $ 34,377,000
    3. Su patrimonio a diciembre 31 de 2010 superó la suma de $110,498,000
    4. El consumo en tarjetas de crédito durante el 2010 superaron los $68,754,000
    5. El total de compras y consumos durante el 2010 superaron los $68,754,000
    6. El total de consignaciones acumuladas durante el 2010superaron los $110,498,000
    Nota: Pertenece a este grupo la persona natural que no cumple los requisitos para estar clasificada como asalariado o como trabajador independiente.
    Asalariados obligados a declarar renta por el año gravable 2010
    Según los artículos 593 y 594-3 del estatuto tributario, un asalariado estará obligado a declarar renta por el 2010 si cumple con uno o varios de los siguientes presupuestos:
    1. Su patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2010 fue superior a $110,498,000
    2. Pertenece al régimen común
    3. Sus ingresos superaron en el 2010 los $100,013,000
    4. El consumo en tarjetas de crédito durante el 2010 superaron los $68,754,000
    5. El total de compras y consumos durante el 2010 superaron los $68,754,000
    6. El total de consignaciones acumuladas durante el 2010superaron los $110,498,000
    Notas:
    1. Para ser clasificado como asalariado se requiere que sus ingresos originados en la relación laboral correspondan por lo menos al 80% del total de sus ingresos.
    2. Para determinar la proporción del punto uno y el tope del punto tres, el asalariado no debe incluir los ingresos que haya obtenido por concepto de la venta de activos fijos, ni los provenientes de loterías, rifas y similares.
    3. Dentro de los ingresos laborales se deben incluir los ingresos percibidos por concepto de pensión de invalidez, vejez o muerte.
    Trabajadores independientes obligados a declarar renta por el año gravable 2010
    A la luz de los artículo 594-1 y 594-3 del estatuto tributario, los trabajadores independientes están obligados a declarar si cumplen con uno o varios de los siguientes presupuestos:
    1. Su patrimonio a 31 de diciembre de 2010 superó los $110,498,000
    2. Es responsable del impuesto a las ventas
    3. Sus ingresos durante el 2010 superaron los $81,032,000
    4. El consumo en tarjetas de crédito durante el 2010 superaron los $68,754,000
    5. El total de compras y consumos durante el 2010 superaron los $68,754,000
    6. El total de consignaciones acumuladas durante el 2010 superaron los $110,498,000
    Nota: Se clasifican como trabajadores independientes las personas naturales y sucesiones ilíquidas, cuyos ingresos brutos se encuentren debidamente facturados y de los mismos un ochenta por ciento (80%) o más se originen en honorarios, comisiones y servicios, sobre los cuales se hubiere practicado retención en la fuente.
    El valor del Uvt que se toma es el vigente para el 2010, esto es $24.555




    Saludos
    Samuu
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  11. #30
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    Re: Impuestos, tributacion, Hacienda en Forex


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    Cita Iniciado por finsh215 Ver mensaje
    he leido que los brokers no dan mucha información cuando uno les pide documentos sobre el tema para justificar ese ingreso,
    Hola finsh215. Me imagino que habrá tantas políticas diferentes como brokers existen, pero, no creo que con los regulados tengas problemas. Por ejemplo Alpari UK te envía por correo tu estado de cuenta que incluye todas las transacciones que hemos hecho durante el periodo que les indiquemos (que será el periodo que hay que declarar) en papel membreteado.

    Por cierto, para ello nos piden nuestra contraseña telefónica y aconsejo no enviarla por e-mail sino pidiéndoles que nos llamen por teléfono y facilitándosela así. Es un tema de seguridad básica

    Un saludo
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