Hola a tod@s
Voy a intentar aclarar algunas dudas y si estoy equivocado, que algun compañero me corrija.
Invertir en bolsa el capital propio no se considera una actividad profesional, no se cotiza. Son rendimientos del capital y hay que declararlo en hacienda, como incremento de patrimonio, tributando el % que corresponda en relación a las ganancias obtenidas.
Otro caso seria si se invertiera capital de terceros, entonces ya estariamos hablando de otro mundo. Habria que estar de alta en la SS y en el epigrafe correspondiente en Hacienda, como a su vez ser gestor profesional de terceros se tendria que estar regulado en la CNMV y haber superado una serie de pruebas y obtener licencia para estas actividades.
Para cubrir la seguridad social, te contratas un seguro medico privado, y desgrava.
Para cubrir la pensión, te contratas un plan de jubilacion o un seguro de vida y desgrava.
Otro tema es como mover el dinero de tal manera para que..........ajajajajaja, pero eso es top secret.
Un saludoForo de Forex Trading United